El otro día, adelantamos las medidas que se adoptaron mediante Consejo De Ministros y que fueron publicadas en el BOE el 31 de marzo; dentro de estas medidas se aprobaron una sería de ayudas para el alquiler, que se encuentra encuadradas dentro del Plan Estatal de Vivivenda 2018-2021 y que pueden solicitar los parados, los afectados por un ERTE a consecuencia de la crisis del Coronavirus, y personas en situación análoga que haya visto reducida su jornada laboral o sus ingresos.
Para solicitar dicha ayuda, se deben cumplir una serie de requisitos:
Tener unos ingresos iguales o inferiores a 3 veces el IPREM (537,84€; este límite será ampliable en un 0,1IPREM en caso de hijo a cargo, y un 0,15 por hijo a cargo si la familia es monoparental. Se ampliará el límite de 4 veces el IPREM en caso de que una persona de la unidad familiar tenga discapacidad del 33%.
La renta mas los suministros básicos debe ser igual o superior al 35% del conjunto de ingresos netos de la unidad familiar.
Con carácter general no se podrá acceder a esta ayuda en caso de propietarios o usufructuarios (con salvedades).
En cuanto a la documentación que es necesaria aportar para acreditar el cumplimiento de los requisitos, encontramos la siguiente:
Para el caso que seas desempleado se deberá aportar un certificado emitido por la entidad gestora donde conste la cuantía que se percibe por desempleo.
Si por contra, eres autónomo, deberás aportar un certificado emitido por la AEAT u organismo competente de la comunidad autónoma de cese de actividad.
Para acreditar el número de personas que componen la unidad familiar deberás aportar
– Libro de familia o documentación acreditativa de pareja de hecho.
– Certificado de empadronamiento de todos los habitantes de la vivienda.
Si además convives con una persona discapacitada, se deberá declaración de la discapacidad, dependencia incapacidad permanente para actividad laboral.
En cuanto a la cuantía de la ayuda, con carácter general serán de hasta el 40% de la renta mensual, que podrá ser hasta del hasta el 50% de la renta mensual en caso de mayores de 65 años; y del 30% para el caso de una persona mayor de 65 años y el alquiler mensual está ente los 601 y 900€.
⚠️ La ayuda podrá tener una duración de hasta 3 años